Medidas adoptadas de prevención Covid-19

Decreto 38/2020

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Con el fin de intensificar las medidas de protección y control generadas por la evolución del COVID-19 (Coronavirus), se requiere la adopción de actuaciones que aúnen la protección de la salud de las empleadas y empleados públicos de este Ayuntamiento con la adecuada prestación de los servicios públicos.

En este sentido, mediante Resolución de esta Alcaldía, de fecha 12 de marzo de 2020, se ha creado un Comité de Seguimiento encargado de valorar y proponer actuaciones encaminadas a la contención y protección frente al COVID-19, en el ámbito de este Ayuntamiento.

Reunido el citado Comité, en fecha 12 de marzo de 2020, ha elevado a esta Alcaldía la adopción, de una serie de medias y actuaciones a implementar en esta Entidad Local.
Las medidas propuestas, son de carácter organizativo y se dictan al amparo de las competencias propias en materia de función pública, reguladas en texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y conforme a la potestad de autoorganización de los Ayuntamientos, regulada en el artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

En cualquier caso, dichas acciones tendrán carácter temporal y cesaran en la medida que desaparezcan las situaciones de riesgo provocadas por el COVID19 (Coronavirus).

DECRETO:


Primero.- Aplazamiento de actividades promovidas por este Ayuntamiento Las actividades de toda índole promovidas y programadas por el  Ayuntamiento de Castaño del Robledo, que impliquen la asistencia presencial de la ciudadanía tanto en espacios cerrados como al aire libre, se pospondrán hasta que se dicte nueva resolución al respecto

Segundo.- Cierre temporal al público de espacios e instalaciones Cierre al público y a los usuarios los siguientes espacios e instalaciones:
- Ayuntamiento (Atención al público)
- Guadalinfo
- Salón Cultural Blas Infante
- Edificio Multifunción “ Casa Grande “
- Edificio “Monumento”
Los trabajadores de estos espacios e instalaciones están obligados a acudir a sus respectivos centros de trabajo en el horario habitual. El cierre de estas instalaciones será hasta que se dicte nueva resolución al respecto.


Tercero. Situación de aislamiento. Se arbitrarán las medidas necesarias para que el personal al servicio del Ayuntamiento que se encuentre en  situación de aislamiento por motivo del COVID-19, continúe percibiendo durante el tiempo que permanezca en dicha situación el cien por cien de sus retribuciones.


Cuarto. Atención al público. En los servicios de atención al público se priorizará la atención telefónica y telemática. Para el caso de atención presencial, se establecerán, si fuese necesario, las medidas oportunas para garantizar la prestación del servicio.


Quinto. Reuniones. En la medida de lo posible se evitarán las reuniones de trabajo y los desplazamientos a otra localidad. Asimismo se fomentará el uso de la videoconferencia.


Sexto. Cursos y actividades formativas. Las unidades responsables de la organización de cursos y actividades formativas de carácter presencial pospondrán los mismos, valorándose la utilización de medios telemáticos como alternativa, cuando ello resulte posible.


Séptima. Pruebas selectivas. Posponer, por el tiempo imprescindible, la celebración de pruebas selectivas, especialmente aquellas de concurrencia masiva, garantizándose en todo caso la continuidad de los procesos en curso.


Octava. Viajes. Se recomienda posponer todos aquellos viajes de trabajo que no sean imprescindibles para la normal prestación de servicios esenciales.


Novena. Modalidades no presenciales de trabajo. En supuestos debidamente justificados, y previo informe favorable del responsable del Servicio, se permitirá modalidades no presenciales de trabajo, previa valoración y autorización de la Alcaldía

Décima. Reorganización de turnos. Si como consecuencia de los supuestos previstos en esta Resolución fuese necesaria la reorganización de turnos, cada Servicio o Unidad dentro de su ámbito organizativo propondrá la determinación de los mismos.


Décimoprimera.- Procedimiento de actuación. Aprobar el Procedimiento de Actuación frente a la exposición al COVID-19 (Coronavirus) de la Diputación Provincial de Huelva), que se anexa al presente Decreto.


Décimosegunda.- Modificación y efectos. La presente resolución producirá efectos desde el momento de su firma y podrá ser modificada en función de la evolución de la situación y de las recomendaciones o instrucciones de otros organismos o instituciones.



Fdo. Jorge Fernández González